jueves, 19 de octubre de 2017

ESTUDIO SOBRE COMPRAS VERDES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015 CD-000021-0000900001 DENOMINADA CONTRATACIÓN DIRECTA, REALIZADA POR LA UNIVERSIDAD DE COSTA RICA (UCR)






Introducción
Costa Rica se ha destacado por ser un país verde a lo largo de su historia. Una de las fuentes primarias de ingresos es el turismo, esto fomentado por su excelente reputación ambiental y atractivos naturales. Se cuenta con diversidad de reservas biológicas y parques nacionales que promueven la divulgación de la reputación del país como ambientalista.
El principal motivo por el cual la humanidad se preocupa por conservar los recursos del planeta es por el bienestar de las futuras generaciones y la sustentabilidad de la actividad humana; debido a esto es que muchas instituciones y empresas se han comprometido con la conservación, incluyendo en sus actividades diarias la compra de materiales y materias primas amigables con el ambiente, denominadas también compras verdes.
Las compras verdes en el Estado se llevan a cabo por medio de licitaciones públicas, las cuales se encargan garantizar el orden y la transparencia de las mismas, impidiendo el despilfarro, favoritismo y el mal manejo de los recursos y  evitar que la administración comprometa los recursos del país.

Desarrollo

1.    ¿Qué son compras verdes y por qué son importantes?
Las compras verdes son aquellas en las que se adquieren bienes y servicios que en su funcionamiento generan un menor impacto ambiental. “Los contratos públicos con criterios de sostenibilidad pueden abarcar desde la compra de ordenadores y edificios que se caractericen por su eficiencia energética hasta alimentos procedentes de la agricultura ecológica y promoción de productos locales pasando por la compra de textiles de comercio justo” (Valencia 2011).
La importancia de las compras verdes es de gran significancia ya que el daño al medio ambiente está causando una variación en los factores climáticos, provocando fenómenos como calentamiento global. En la actualidad se busca de diferentes maneras el hacer un uso eficiente de los recursos donde el manejo de los mismos sea controlado.
El uso adecuado de los recursos naturales son los puntos más importantes, todo comienza con el Estado, el querer conservar el futuro del país y respetar el derecho humano al desarrollo en óptimas condiciones como dicta la Constitución Política de Costa Rica en el  artículo n° 50 “El Estado procurará el mayor bienestar a todos los habitantes del país, organizando y estimulando la producción y el más adecuado reparto de la riqueza. Toda persona tiene derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. Por ello está legitimada para denunciar los actos que infrinjan ese derecho y para reclamar la reparación del daño causado. El Estado garantizará, defenderá y preservará ese derecho. La ley determinará las responsabilidades y las sanciones correspondientes” (Ley N°2737, 1961).
Si el Estado no presenta la debida responsabilidad social y ambiental  en sus funciones de contratación pública se destinarían millones de colones en compras no reguladas que podrían poner en riesgo los recursos naturales, el bienestar social, futuras generaciones.

Las compras verdes solo prometen cosas buenas a los gobiernos que las implementan, entre sus principales ventajas se pueden mencionar:
·         Mejora de la eficiencia.
·         Mejora la calidad de vida de la comunidad.
·         Concienciación ambiental de la comunidad.
·         Mejora la imagen política.
·         Promoción de ideales ambientalistas en empresas privadas.
Con lo anterior se puede mostrar como la implementación de las compras verdes genera un impacto positivo en el medio ambiente, por lo cual las especificaciones técnicas y cláusulas deben ser consideradas con gran precisión para emitir carteles directos para que el proceso se dé de la mejor manera para todos los involucrados. La implementación de políticas ambientales en el tema de contratación pública obliga a empresas a producir bienes con enfoque ambiental para ofrecer a las instituciones del Estado bienes y servicios cada vez más amigables con el ambiente, con el fin de competir por tales licitaciones.
“Las compras verdes o ecológicas son prácticas comunes en los países desarrollados, sobre todo europeos; sin embargo, son muy poco conocidas en los países de América Latina. Solo Costa Rica está promocionando esta práctica en sus instituciones públicas y ha obtenido considerables beneficios en su implementación.”(García 2009) como se evidencia en la cita anterior, el implementar las compras verdes hacen ver mejora la imagen del país y de su política ya que es una medida que es tomada en su mayoría en países estables y con capacidades de negociación.

2.    ¿Cuál es el marco normativo aplicable al tema de compras públicas y medio ambiente en el país?
Las compras públicas son un proceso importante y en muchas ocasiones problemático, donde la corrupción, mal manejo y torpes procedimientos se pueden dar, afectando así el patrimonio de todos los habitantes del país, ya que el gobierno y los entes públicos son simples administradores de los bienes que pertenecen a todos los costarricenses, por este motivo se debe de tomar con gran cautela todos los procesos de contratación pública de bienes y servicios, aplicando normas, leyes, reglamentos, jurisprudencias y demás  pertinentes a cada caso para que todas las decisiones que se tomen sean totalmente idóneas, satisfagan a cabalidad las necesidades actuales de cada persona sin comprometer a los futuros ciudadanos del país.
El marco normativo de las compras públicas comienza desde la publicación del cartel de licitación, donde el comprador debe conocer las condiciones en las que el Estado desea contratar un determinado bien o servicio. En este tipo de negocio al ser el gobierno un ente con poder económico puede exigir condiciones especiales e incluir políticas de compra específicas que obliguen a los proveedores a adoptar dichas condiciones.
Un ejemplo claro de esto es la Universidad de Costa Rica cuando realiza la publicación de un cartel licitatorio para adquirir bolsas oxobiodegradables, por lo que se asegura de especificar el tipo y condiciones requeridas, con ello los concursantes de la licitación debe ajustarse a esas condiciones.
La constitución política es la cimiente legal del Estado y como tal, es la base de todos los actos que se llevan a cabo en la contratación pública respetando el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado como dicta el artículo 50 de la Constitución antes ya mencionado.
Según el artículo N° 59 de la Ley de Contratación Administrativa se dice que “El inicio del procedimiento de contratación de una obra pública siempre estará precedido, además de los requisitos establecidos en esta Ley y sus reglamentos, por un estudio de impacto ambiental que defina los efectos de la obra. Los proyectos incluirán las previsiones necesarias para preservar o restaurar las condiciones ambientales, cuando puedan deteriorarse”(Ley N°7494, 2006) lo cual hace énfasis a todo el proceso que debe respetar la contratación administrativa en el país.
Como se mencionó la constitución política es la cimiente que protege el ambiente en contratación administrativa publica esta se ve reforzada por leyes como la Ley Orgánica del Ambiente, Ley N.° 7554 del 4 de octubre de 1995, la Ley General de Salud, Ley N.° 5395 del 30 de octubre de 1973 que entre sus puntos más importantes recalcan que quien contamine el ambiente debe hacerse responsable del impacto ocasionado según las leyes del estado y convenios internacionales, y que el estado adoptará medidas para evitar disminuir en lo posible la contaminación del aire, agua y suelo.
Como se ha mencionado el proceso de licitación con un enfoque ambientalista o denominado compra verde comienza desde la publicación del cartel y el consecuente interés de los oferentes del bien o servicio donde estos se pueden ver beneficiados si le ofrecen al estado una mejor oferta en lo que a clausulas ambientales se refiere, ganando una ventaja competitiva y una posible contratación segura con el estado.
Lo anterior se refleja de Gestión Integral de Residuos en el Art. 29 que refiere a las compras del estado que dicta que “en la valoración de las licitaciones y compras directas concursables deberán dar un veinte por ciento (20%) adicional a los oferentes que, en igualdad de condiciones, demuestren que los productos ofrecidos incorporan criterios de la gestión integral de residuos, así como la gestión del residuo una vez terminada su vida útil” (Ley N°8839, 2010). Este artículo en otros puntos refuerza la ideología para crear carteles pues esclarece los puntos que las empresas públicas deben tomar en cuenta a la hora de publicar un cartel de licitación y recalca la responsabilidad que se debe tener.
“Para la debida implementación de los criterios de sustentabilidad aplicables a las compras que realicen las instituciones del Estado, así como de los parámetros de evaluación establecidos por el artículo 29 de la Ley No. 8839, en coordinación con los órganos técnicos involucrados, dictará la normativa técnica que deberá considerar la Administración, (…), así como los mecanismos para implementar la ponderación adicional a los oferentes que en igualdad de condiciones apliquen dichos criterios, entre ellos el de gestión integral de residuos, dictando para ello las políticas, directrices, guías técnicas y cualquier otro medio que ésta estime pertinente para tal fin (Ley N° 8839, 2010).”
La mayoría de países con políticas de compra verde se encuentran en el índice de países desarrollados y la mayoría reside en Europa aquellos países que en la actualidad sufren de cantidades de polución en el ambiente como China o México principalmente la capital se han encontrado con problemas para implementar esas políticas y por ende a través del tiempo se han evidenciado los malos manejos de las contrataciones públicas, que además de ser irresponsables por su cuenta fomentan el que los proveedores produzcan sin una visión ambientalista, que no se preocupen por su impacto y por la eficiencia del ciclo de vida de los productos, generando así la polución de estas ciudades.

3.    Datos de contratación investigada:
a.    Datos generales de la contratación:
El cartel de contratación fue publicado el día 28 de mayo del 2016 por la Universidad de Costa Rica con tipo de modalidad de cantidad definida y un estado de concurso tipo contrato, elaborado por Gabriela Morales.
El tipo de licitación es de contratación directa por escasa cuantía basado en (art.2 inc. h) LCA y art. 136 RLCA) como indica el cartel.

b.    ¿Cuál fue el objeto contratado?
El objeto contratado en esta licitación trata de bolsas para jardín oxobiodegradables.

c.    ¿Cuáles son las cláusulas más relevantes que la convierten en compra verde?
“Es un producto que tiene un mejor desempeño ambiental a lo largo de su ciclo de vida y que cumple con la misma función (o mejor inclusive). Posee igual calidad y le brinda una satisfacción similar al usuario que el producto regular (García, 2008).”
Tomando en cuenta lo citado por García se puede se evidenciar las siguientes clausulas en la licitación realizada por la Universidad de Costa Rica.
o   La licitación trata de bolsas para jardín pero en este caso se especifica que deben ser oxobiodegradables lo cual significa que se está exigiendo que el proveedor tenga y produzca con criterios ambientales.
Los productos biodegradables se descomponen gracias a agentes biológicos como el sol, el agua, las bacterias, plantas o los animales, pero al ser esta compra enfocada con la condición de ser oxobiodegradables significa que se degradan en cualquier ambiente, interior o exterior, incluso sin  agua o iluminación, esto es muy importante cuando se piensa en los residuos que generan las tecnologías más antiguas de esta índole porque muchos residuos de muchas instituciones no se pueden o no se invierte para enterrarlos o colocarlos en las situaciones ideales para que comiencen su ciclo de descomposición óptimo. Los productos oxio-biodegradables pueden ser “programados” en fábrica para que se degraden en un determinado espacio de tiempo para que sirva a las exigencias del cliente pueden ser reciclados y ser fabricados a partir de otros productos reciclados.

d.    ¿Qué beneficios tiene esta contratación para la institución y el medio ambiente?
Los beneficios de esta contratación para el medio ambiente son de gran impacto, ya que las bolsas oxobiodegradables son una tecnología de producción con enfoque ambiental reciente en comparación con los productos amigables comunes, pues hay mejoras considerables. La descomposición de estas es aún más sencilla y su tratamiento no equivale a ningún esfuerzo adicional por parte de la administración,  lo que significa un ahorro en el tratamiento de desechos en tiempo y dinero.
Los materiales biodegradables por si solos son una ventaja enorme “La tecnología permite que estos productos se degraden, y en la mayoría de los casos biodegraden, al ser desechados y se conviertan en poco tiempo en productos benignos para el medio ambiente en comparación con el tiempo que requieren los mismos productos para degradarse al no incorporar el beneficio de la tecnología” (Aguilar 2008).

Conclusiones
Debido a la constante degradación al medio ambiente por parte de la sociedad es importante que empresas e instituciones cambien la manera de hacer las cosas, introduciendo actividades y costumbres que generen un menor impacto ambiental menor al acostumbrado.
Las compras verdes constituyen a una técnica de gran importancia para que el impacto ambiental de las instituciones y empresas no afecte de manera directa al medio natural y los recursos disponibles.
Existe un marco normativo nacional que promueve la conservación del medio ambiente con técnicas como las compras verdes que promueve reducir el impacto ambiental y cada vez son más las instituciones que se suman a este tipo de iniciativas en su funcionamiento  de ahí la importancia de dichas leyes.



Referencias bibliográficas

Aguilar, S. E. (2008). Manual para la implementación de Compras Verdes en el sector público de Costa Rica. San José: CEGESTI.
García Paz, J. (2009). Las compras verdes, una práctica sustentable y ecológica: posibilidad de su aplicación en el Perú. Lima. Contabilidad Y Negocios, 4(7), 39-52.
Ley N° 2737. Constitución Política de Costa Rica. San José, Costa Rica. 12 de mayo de 1961. Recuperado de: http://www.eurosur.org/constituciones/co19-3.htm
Ley N.° 5395. . Constitución Política de Costa Rica. San José, Costa Rica. 30 de octubre de 1973. Recuperado de: http://www.eurosur.org/constituciones/co19-3.htm
Ley 7494. Constitución Política de Costa Rica. San José, Costa Rica. 2 de noviembre del 2006. Recuperado de: http://costarica.eregulations.org/media/Reglamento%20a%20la%20Ley%20de%20Contratac.pdf
Ley N.° 7554. Constitución Política de Costa Rica. San José, Costa Rica. 4 de octubre de 1995. Recuperado de: http://www.eurosur.org/constituciones/co19-3.htm
Ley N.° 8839. Constitución Política de Costa Rica. San José, Costa Rica. 24 de junio del 2010. Recuperado de: http://www.ley8839.go.cr/index.php/32-ley-8839-para-la-gestion-integral-de-residuos
Valencia, P. F. (2011). Consideraciones sobre la contratación pública sostenible ("verde"). España. Derecho PUCP, (66), 335-350.


ANEXOS

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